Monografia: Ley 27 de 1992
Por: Fandiño Marín, Efraín.
Colaborador(es): Castellanos H., Luis Alfonso | Barbosa Otálora, Robiel.
Tipo de material: LibroEditor: Bucaramanga (Colombia) Universidad Autónoma de Bucaramanga UNAB. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Especialización en Derecho Público Universidad Externado de Colombia 1995Descripción: 82 p.Materia(s): DERECHO ADMINISTRATIVO - COLOMBIA | FUNCIONARIOS PUBLICOS - COLOMBIA | TESIS - DERECHOTipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Tesis | Campus Jardín. Biblioteca Central Luis Carlos Galán Sarmiento (Bucaramanga) | Colección Trabajos de Grado | P.D.87 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible | BT00002456 |
Posgrado. Especialización en Derecho Público. Universidad Externado de Colombia. Universidad Autónoma de Bucaramanga. Facultad de Derecho, 1995
Resumen: Esta ley contiene las normas generales que regulan la carrera administrativa en las entidades y organismo del estado con las excepciones consagradas en la misma ley y en otras especiales. Esta ley otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República para que legislara sobre aspectos importantes a la carrera como lo referente a capacitación y concursos, es así que en el año de 1993 se expidieron los decretos leyes 1221 y 1222. Posteriormente la presidencia haciendo uso de la potestad reglamentaria que le confiere la consitución política expide los decretos reglamentarios 1223 y 1224 de 1993 y los decretos 256 y 805 de 1994 que tratan sobre la supresión de empleos de carrera y el derecho que tienen las personas cuya supresión los afecta a ser reubicados dentro de los seis meses en un cargo similar al suprimido o a recibir una indemnización cuyo monto asciende en proporción directa a los años de antiguedad que el empleado tuviere en el
empleo. Igualmente regulan lo relativo al ingreso a la carrera, inscripción extraordinario y calificación de servicios. Todas las normas señaladas son el desarrollo que hasta la presente ha tenido el artículo 125 de la constitución política que estatuyó que todos los empleos del estado son de carrera excepto los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que la ley determine
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